CONTAMINACIÒN LUMÌNICA
CONTAMINACIÒN LUMÌNICA
Una de las definiciones más aceptadas de contaminación lumínica la describe como la emisión de flujo luminoso procedente de fuentes artificiales nocturnas con intensidades, direcciones, rangos espectrales (colores) u horarios innecesarios para las actividades que se planea 22 C desarrollar en la zona iluminada. Según esta caracterización, para que una instalación de alumbrado no se considere contaminante debería alumbrar con un flujo luminoso adecuado (no excesivamente intenso), no debe invadir fincas colindantes (lo que supondría intrusión lumínica y por tanto molestias para los
vecinos), no debe emitir luz en colores ina
decuados ni debe permanecer activa más tiempo del requerido. Una definición más genérica identifica la contaminación lumínica con cualquier perturbación artificial de las condiciones naturales de oscuridad de la noche. Desde este punto de vista, todo alumbrado nocturno es contaminante y solo cabe tratar de diseñarlo de manera que la perturbación sea la mínima. La contaminación lumínica, en forma de luz emitida hacia el cielo de
manera directa o tras reflejarse en fachadas y pavimentos, supone una amenaza muy seria para la astronomía tanto profesional como no profesional, e implica para la población general la pérdida de la visión del cielo nocturno como parte del paisaje natural y como patrimonio cultural. Además, la contaminación lumínica implica una serie de perjuicios en otros ámbitos como el descanso nocturno de las personas (intrusión lumínica), la economía (derroche energético), el consumo de recursos no renovables o los ecosistemas (aves migratorias, insectos, etc.). A pesar de los esfuerzos en curso por combatir la contaminación lumínica, la tendencia en los países occidentales y en especial en España es a empeorar a p


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